Buenos Aires – 1 de noviembre de 2024.- EXAR, empresa líder en la producción de carbonato de litio de la Argentina, anuncia la emisión de las primeras obligaciones negociables del mercado del litio, con calificación AA.ar estable de Moody’s y Fix. La licitación se realizará el próximo 7 de noviembre de 2024. Lo recaudado será destinado a financiar principalmente capital de trabajo y/o refinanciación de pasivos para el financiamiento del giro comercial del negocio.
Esta empresa argentina está conformada por Ganfeng Lithium, Lithium Argentina y Jujuy Energía y Minería Sociedad del Estado (JEMSE) en calidad de accionistas y concentra sus operaciones en el Salar Cauchari-Olaroz, en la provincia de Jujuy, Argentina, donde desarrolla el “Proyecto Cauchari-Olaroz”. Con una capacidad instalada de 40.000 toneladas anuales de carbonato de litio, Exar tiene la capacidad para convertirse en el mayor productor de la Argentina. Actualmente, la planta se encuentra en la fase de inicio productivo, y espera producir entre 20.000 y 25.000 toneladas este año.
Los instrumentos a licitar cumplen con las siguientes características:
CLASE I: moneda de pago Dólar, plazo de 3 años con tasa de interés fija.
CLASE II: dólar linked, plazo de 2 años con tasa de interés fija.
Para ambas clases el monto mínimo de suscripción es de 100 dólares estadounidenses.
EXAR cuenta con una sólida posición competitiva en el mercado del carbonato de litio y el fuerte respaldo de sus accionistas. En esta operación, los Bancos Santander e ICBC actuarán como Organizadores y Colocadores, en tanto que Banco Galicia, Banco BBVA, Macro Securities, Banco Comafi, Balanz, Banco Mariva, Banco Supervielle, Puente, Allaria, Invertironline, TPCG, MAX Capital, Global Valores, Neix y Cohen), actuarán como Colocadores.
La etapa inicial de exploración y prospección en el Salar de Cauchari-Olaroz comenzó en 2009, período durante el cual se llevaron a cabo numerosos estudios de prefactibilidad, factibilidad y estudios de impacto ambiental.
Una vez obtenidos los permisos de operación se inició la construcción de la planta de EXAR que demandó una inversión de 979 millones de dólares. En su pico de trabajo, este proceso empleó a más de 3300 personas de manera directa. Actualmente, el proyecto cuenta con más de 2100 colaboradores entre directos e indirectos, de los cuales más del 60% reside en la Provincia de Jujuy, y el 30% lo hace en comunidades aledañas, convirtiéndose de esa manera en un motor fundamental para el desarrollo regional.
Sobre EXAR: es una empresa argentina conformada por Ganfeng Lithium, Lithium Argentina y Jujuy Energía y Minería Sociedad del Estado (JEMSE), dedicada al desarrollo y producción de carbonato de litio en el Salar Cauchari-Olaroz, donde emplaza el “Proyecto Cauchari-Olaroz”, en la provincia de Jujuy, República Argentina. La planta se encuentra en la fase de entrada a régimen, con una capacidad instalada para producir 40.000 toneladas anuales de carbonato de litio. Actualmente, la planta se encuentra en la fase de inicio productivo, y espera producir entre 20.000 y 25.000 toneladas este año. La compañía genera más de 2100 empleos, entre trabajadores directos e indirectos.
Este comunicado ha sido puesto a disposición del destinatario del presente en su carácter de interesado y potencial inversor solamente a modo ilustrativo y no constituye una oferta de venta de valores negociables, no solicita una oferta de compra o suscripción de los mismos, ni una invitación a invertir, ni debe interpretarse como una recomendación de Minera Exar S.A. (“EXAR”) en tal sentido, y ninguna parte del mismo formará la base de ningún contrato, compromiso o decisión de inversión.
El interesado deberá, a los efectos de la suscripción de las obligaciones negociables, basarse en el prospecto del Programa de fecha 4 de septiembre de 2024 (el “Prospecto”), que ha sido publicado en el sitio web de la Comisión Nacional de Valores (la “CNV”), en el boletín diario de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires (la “BCBA”) y en el boletín diario del Mercado Abierto Electrónico (el “MAE”) en esa misma fecha, y de los suplementos de prospecto preliminares relativos a la emisión de las Obligaciones Negociables (los “Suplementos de Prospecto”).
El Prospecto, los Suplementos de Prospecto preliminares, los estados contables de la Emisora y demás documentos relevantes para la emisión de las Obligaciones Negociables se encuentran a disposición de los interesados en las oficinas de la Emisora y de los Agentes Colocadores. La creación del Programa ha sido autorizada por Resolución N° ESFC-2024-22817-APN-DIR#CNV de fecha 14 de agosto de 2024. Dichas autorizaciones significan solamente que se ha dado cumplimiento a los requisitos de información de la CNV. La CNV no se ha expedido respecto de la información contenida en el Prospecto y/o en los Suplementos de Prospecto. La veracidad de la información contable, financiera y económica, así como de toda otra información suministrada en el Prospecto, los Suplementos de Prospecto y los documentos de la oferta es exclusiva responsabilidad de EXAR y su Directorio, y, en lo que les atañe, del Órgano de Fiscalización de EXAR y de los auditores en cuanto a sus respectivos informes sobre los estados financieros que se acompañan, y demás responsables contemplados en los artículos 119 y 120 de la Ley N° 26.831 de mercado de capitales.
La oferta pública de las Obligaciones Negociables que se describe en los Suplementos de Prospecto se encuentra comprendida dentro de la autorización de oferta pública otorgada por la CNV al Programa, en el marco de lo establecido por el artículo 41 del Título II del Capítulo V de las Normas de la CNV. De acuerdo con el procedimiento establecido en el artículo 51 del Título II del Capítulo V de las Normas de la CNV, dentro de los cinco días hábiles de suscriptas las Obligaciones Negociables, EXAR presentará la documentación definitiva relativa a las mismas. La información incluida en el presente es información parcial que deberá ser completada con la información contenida en el Prospecto y en el Suplemento de Prospecto. Este documento ha sido confeccionado por, y es propiedad de, EXAR y no podrá ser reproducido o distribuido en forma parcial o total. cualquiera sea el medio sin el previo consentimiento escrito de EXAR. Asimismo, ha sido confeccionado exclusivamente para su distribución dentro de la República Argentina, no debiendo interpretarse como destinado a cualquier otra jurisdicción o territorio. Ni EXAR, ni ninguna de sus respectivas afiliadas, asesores o representantes tendrá responsabilidad alguna en relación con este material.
La información contenida en este documento no proporciona un análisis de la posición financiera, las operaciones y/o las perspectivas de EXAR. La información aquí incluida está sujeta a cambios y modificaciones, sin obligación de previa notificación y/o actualización a los receptores del mismo, y no puede ser considerada definitiva por aquellas personas que tomen conocimiento de ella. Los interesados deben considerar cuidadosamente la información contenida en los documentos aquí mencionados antes de tomar una decisión de invertir en las Obligaciones Negociables.
Las Obligaciones Negociables están garantizadas únicamente con el patrimonio de la Emisora. No están garantizadas por ninguna clase de derecho real de garantía flotante o garantía especial ni están garantizadas por ningún otro medio ni por ninguna entidad financiera. En virtud de todo lo descripto, el receptor de este documento deberá basarse exclusivamente en su propia investigación, evaluación y juicio independiente para tomar una decisión relativa a la inversión, y para determinar si el riesgo de la misma resulta adecuado para sí.